Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resolución 3223 de 23-04-2018


Actualizado: 23 abril, 2018 (hace 6 años)

DIAN
Resolución 3223
Abril 23 de 2018

Por la cual se fija para el segundo cuatrimestre de 2018 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores”.

(Nota: Derogada por la Resolución 7142 de 2018 artículo 3° del Ministerio de Relaciones Exteriores)

La Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano,

Considerando:

Que mediante Resolución 9713 del 5 de diciembre de 2017 se establecieron las tarifas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que el artículo 15 de la Resolución 9713 del 5 de diciembre de 2017, establece que para el recaudo en el territorio nacional por concepto de los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano fijará las tasas por concepto de trámites y servicios que se presten o deban pagarse en Colombia, tomando como base el promedio de la tasa oficial de cambio del Euro y del dólar de los Estado Unidos de América en el último cuatrimestre; aproximando sus valores a la decena más cercana;

Que se han utilizado las series históricas del Banco de la República desde el 1º de enero de 2018 hasta el 24 de abril de 2018, para obtener la tasa de cambio promedio del dólar de los Estados Unidos de América (TRM), y del Euro frente al peso colombiano para el cuatrimestre,

Resuelve:

Artículo. 1º—Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el segundo cuatrimestre de 2018 en el territorio nacional en dos mil ochocientos cuarenta pesos ($ 2.840.00) moneda corriente.

(Nota: Derogada por la Resolución 7142 de 2018 artículo 3° del Ministerio de Relaciones Exteriores)

Artículo. 2º—Fíjese la tasa promedio del Euro, para el segundo cuatrimestre de 2018 en el territorio nacional en tres mil cuatrocientos noventa pesos ($ 3.490.00) moneda corriente.

(Nota: Derogada por la Resolución 7142 de 2018 artículo 3° del Ministerio de Relaciones Exteriores)

Artículo. 3ºDe la vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir del 1º de mayo de 2018 y deroga la Resolución 10080 de 22 de diciembre de 2017 y demás que le sean contrarias.

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Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 23 de abril de 2018.

(Nota: Derogada por la Resolución 7142 de 2018 artículo 3° del Ministerio de Relaciones Exteriores)

 

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