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Resolución 385 del 01-04-2020

A través de la Resolución 385 de 2020, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– estableció que los términos de los procesos administrativos de determinación, sancionatorios, de discusión, de interposición de recursos de reconsideración o de revocatoria directa y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social quedarán suspendidos durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria decretado por el Ministerio de Salud y Protección Social, es decir, hasta el 30 de mayo del año en curso.

Fecha de publicación: 1 de abril de 2020
Resolución 385 del 01-04-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales
Resolución 385
abril 1 de 2020

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– suspende los términos en procesos administrativos de determinación, sancionatorios, de discusión, interposición de recursos de reconsideración o de revocatoria directa y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria decretado a causa del COVID-19.

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