A través de la Resolución 453 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adopta como medida sanitaria preventiva del COVID-19 la clausura de los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento, diversión, baile, entretenimiento, entre otros.
A su vez, determina que los establecimientos de comercio que presten servicios de comida y bebidas deberán suspender la atención presencial al público, no obstante, podrán continuar con la prestación de sus servicios a través del comercio electrónico y entregas a domicilio.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Resolución 453
marzo 18 de 2020
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ordena clausura temporal de locales y establecimientos de comercio, con ocasión de la emergencia sanitaria decretada por el COVID-19.