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Resolución DIB-329678 de 28-12-2010


Actualizado: 28 diciembre, 2010 (hace 13 años)

Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Resolución DIB-329678
28-12-2010

“Por medio de la cual se adoptan los formularios oficiales para la declaración y pago de los impuestos predial unificado; industria, comercio, avisos y tableros; sobre vehículos automotores y sobretasa a la gasolina motor y al ACPM , diligenciados con información sugerida y/o asistida por la Administración Tributaria Distrital.”

La Directora Distrital de Impuestos de Bogotá

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993,

Considerando

Que para efectos de la presentación y pago ante las entidades financieras autorizadas de las declaraciones del impuesto predial unificado; impuesto de industria, comercio avisos y tableros; impuesto sobre vehículos automotores y sobretasa a la gasolina motor y al ACPM, administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, se deben adoptar en forma adicional a los formularios comercializables que son diligenciados por el contribuyente, los formularios sugeridos y/o asistidos para declaración y/o pago de estos impuestos, soportados en el sistema de información de la Administración Tributaria Distrital.

Que serán enviados al domicilio del contribuyente los formularios sugeridos con información totalmente prediligenciada de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores. Dichos formularios podrán ser utilizados por el contribuyente para cumplir con la obligación de declarar y pagar, si éste está de acuerdo plenamente con la información que ellos contienen.

Que igualmente, con el propósito de facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales, la Administración Tributaria Distrital brindará asistencia al contribuyente en el diligenciamiento de la declaración, cuando considere que la información contenida en los formularios sugeridos debe ser ajustada, o podrá ser asistida en forma directa por el contribuyente a través de los aplicativos dispuestos en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda www.shd.gov.co .

Que de conformidad con el Acuerdo 423 de diciembre 22 de 2009, se informará de manera unificada y consolidada la liquidación sugerida del impuesto predial unificado y sobre vehículos automotores, a los contribuyentes y responsables, personas naturales, que reúnan las condiciones para pertenecer al sistema simplificado estrato 1 y 2, con el propósito de facilitar el proceso de liquidación y pago de dichos impuestos.

Que los contribuyentes del impuesto predial unificado, que reúnan las condiciones para pertenecer al Sistema Simplificado de Pago, podrán cumplir la obligación de pago por los años gravables 2011 y anteriores en los formatos prescritos en la presente resolución, Recibo Oficial de Pago Sistema Simplificado – Predios Residenciales Estratos 1 y 2.

Resuelve

Artículo Primero. Adóptense los siguientes formularios sugeridos, anexos a la presente resolución y que hacen parte integral de la misma.

  1. Formulario para declaración y pago del impuesto predial unificado año gravable 2011 y anteriores.
  2. Formulario impuesto predial unificado, recibo oficial de pago – sistema simplificado de pagos – predios residenciales estratos 1 y 2, año gravable 2011 y anteriores.
  3. Formulario para declaración y pago del impuesto de industria, comercio avisos y tableros año gravable 2011 y anteriores.
  4. Formulario para declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores año gravable 2011 y anteriores.
  5. Formulario para declaración y pago de la sobretasa a la gasolina motor y al ACPM, año gravable 2011 y anteriores, dispuesto en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda www.shd.gov.co .

Parágrafo. Los formularios a que se refiere este artículo, podrán ser utilizados por el contribuyente o declarante para cumplir con la obligación de declarar y/o pagar, si éste está de acuerdo plenamente con la información que ellos contienen.

Articulo Segundo. La distribución de los formularios aquí adoptados no tendrá ningún costo al público.

Artículo Tercero. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y Cúmplase

Dada en Bogotá D.C., a los 28-12-2010.

GLORIA NANCY JARA BELTRÁN
Directora Distrital de Impuestos de Bogotá

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