Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsabilidad del contador público se limita a la vigencia del contrato


Actualizado: 12 agosto, 2016 (hace 8 años)

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, en el Concepto 518 del 24 de junio del 2016, aclaró conceptos relacionados con la responsabilidad del contador público frente a la información financiera de la entidad contratante y señaló que esta se limita a la vigencia del contrato. Lo anterior toda vez que el profesional contable no está en obligación de responder por situaciones ocurridas antes de iniciar la labor por la cual fue contratado.

Al respecto, el CTCP recordó lo enunciado en el artículo 8 de la Ley 43 de 1990, en el cual se señala que todo contador público está obligado a cumplir las normas legales vigentes, y a vigilar que el registro e información contable se fundamente en principios de contabilidad aceptados en Colombia, entre otros aspectos.

Por lo anterior, la entidad señaló que las responsabilidades y obligaciones del contador público son existentes desde el inicio del vínculo laboral o contractual y se deben entender como las señaladas en el artículo 8 de la Ley 43 de 1990 y las pactadas en el contrato. Finalmente, el CTCP indicó:

“… la responsabilidad profesional del contador público se da durante el tiempo del contrato, y por las actuaciones realizadas. El contador público no podrá asumir responsabilidad alguna por situaciones ocurridas antes de iniciar la labor para la cual fue contratado”.

Para conocer más respecto a este pronunciamiento, puede visitar el Concepto 518 proferido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública el 24 de junio del 2016.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,