Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsabilidades del Revisor Fiscal


Responsabilidades del Revisor Fiscal
Actualizado: 23 abril, 2015 (hace 9 años)

Las responsabilidades del revisor fiscal se originan en las conductas establecidas en la regulación entre las que encontramos la violación de los derechos y el incumplimiento de la norma como tal.

De acuerdo a la orientación profesional 003 del CTCP, la responsabilidad es la obligación que resulta para alguien en cosa o asunto determinado, por lo tanto, en la revisoría fiscal existen obligaciones y ejercicios que se deben realizar y de acuerdo a éstas asumir sus consecuencias independiente de si son positivas o negativas, es decir, es responsabilidad del revisor fiscal cumplir con las actividades impuestas por el ordenamiento jurídico y de común acuerdo. En conclusión la responsabilidad del revisor fiscal ante las actividades desarrolladas en las empresas se puede tomar como la culpabilidad o dolo frente a un hecho determinado. La culpa es definida como el acto consciente o inconsciente de actividades o actos.

En los casos en los cuales el Revisor Fiscal haya actuado con culpabilidad o dolo es posible que se puede contraer sanciones o correcciones reglamentarias estipuladas, por ejemplo las reglamentadas en la Ley 43 de 1990. Ahora bien, cuando el revisor fiscal esté sujeto a investigaciones por hechos de culpabilidad, si desea ser absuelto es necesario demostrar que hubo sucesos de fuerza mayor, caso fortuito, hechos de terceros e inclusive la culpa exclusiva del afectado.

“responsabilidad objetiva se encarga de verificar resultados sin alusión a lo sucedido en el proceso”

Los revisores fiscales tienes diversas responsabilidades frente al desarrollo de sus actividades y/o ejercicios, entre esas responsabilidades tenemos:

  • La responsabilidad objetiva se encarga de verificar resultados sin alusión a lo sucedido en el proceso.. En este tipo de responsabilidad no existe la necesidad de comprobar culpabilidad ya que ésta se presume debido a las características del resultado. En la responsabilidad objetiva es de suma importancia que los resultados dados por las actividades desarrolladas por el revisor fiscal sean de su propia autonomía y total control, ya que esto determina la objetividad en las labores de verificación.
  • La  responsabilidad subjetiva, la cual se desarrolla en el procedimiento de la revisoría, encargada de encontrar actuaciones negligentes con o sin intención,  se pueden encontrar acciones u omisiones que únicamente darán lugar a condena o sanciones cuando así la ley lo determine, frente a este caso el revisor fiscal tiene la posibilidad de demostrar su buena actuación aplicada a las normas vigentes, y se le exime de las sanciones cuando para el proceso o procedimiento de la revisoría no se le suministre la información necesaria, que se tergiverse o se entregue documentación incompleta para la realización de dicha auditoría.

Fuentes de la Responsabilidad.

La primera fuente de responsabilidad es la falta o violación de derechos cuando ésta genere daños, derechos que se clasifican como individuales, sociales, personales y ambientales.

  • Los derechos individuales pertenecen a los daños propios de aspectos patrimoniales derivados del derecho a la propiedad.
  • Los derechos sociales hacen referencia al bienestar en general mejorando la calidad de vida y logrando la satisfacción de necesidades.
  • Los derechos personales van enfocados a la protección y prevención en sucesos que puedan afectar al individuo mismo.
  • Los derechos ambientales van encaminados a proteger el medio ambiente elevando la calidad de vida de la sociedad.

Cuando los revisores fiscales irrumpen en los derechos de los demás  se convierte en sujeto responsable perjuicios y debe responder o asumir las reposiciones por los daños ocasionados.

La segunda fuente de responsabilidad es el incumplimiento de obligaciones, las cuales podrán ser legales o contractuales. Ahora, la revisoría fiscal está fundamentada en la protección del interés público por medio de procedimientos que identifiquen o controlen el cumplimiento de obligaciones por parte de las entidades, y el revisor debe actuar en pro de ello.

“las responsabilidades contractuales las cuales hacen referencia a las obligaciones adquiridas por medio de acuerdo y sin irrumpir lo anterior mencionado”

También están las responsabilidades contractuales las cuales hacen referencia a las obligaciones adquiridas por medio de acuerdo y sin irrumpir lo anterior mencionado..

Cómo ejemplo a las fuentes de responsabilidad se encuentran las disposiciones de origen profesional del revisor fiscal como lo es el código de ética presentado en la Ley 43 de 1990 el cual se indica desde su artículo 35.

Los revisores fiscales asumen las consecuencias de sus propios actos, no es responsabilidad de los revisores los actos de incumplimiento de terceros en cuanto a sus obligaciones, a menos de que el revisor fiscal actúe en pro y a sabiendas de los actos irresponsables por parte de terceros como lo son las entidades y sus área administrativa o contable.

Además de asumir las consecuencias de sus actos, el revisor fiscal debe tener claro, cuáles son sus responsabilidades morales, jurídicas, personales, patrimoniales, individual, civil, solidaria e inclusive sus responsabilidades compartidas, colectivas, etc.

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