El CTCP emite en noviembre de este año el documento «Consideraciones del Consejo Técnico de la contaduría pública (CTCP) con respecto al cronograma de aplicación a los estándares de información financiera» con motivo del aplazamiento establecido en comunicación escrita el 13 de Septiembre de 2012 por la Alta Consejera para la Gestión Pública y Privada.
Po otro lado, los cambios al documento de Direccionamiento Estratégico del 16 de Julio de 2012 en relación con los grupos a los cuales se les aplicará las NIIF, no corresponden a criterios de IASB, de hecho, en el comunicado de los Ministerios de Hacienda y Comercio Industria y Turismo se modificaron los plazos para la aplicación de las NIIF, estableciendo en primera instancia la “preparación obligatoria”, término que inicialmente se creyó que lo regularía el Consejo Técnico de la Contaduría, pero que de la lectura de uno de sus escritos formales se desprende que será cada entidad responsable de la Inspección, vigilancia y control la que debe preparar las pautas, instrucciones y la logística de este paso establecido como obligatorio sin ser necesario; el texto que preparó el Consejo Técnico de la Contaduría para explicar dicho período es el siguiente: “Período de preparación obligatoria: Se refiere al tiempo durante el cual las entidades deberán realizar actividades relacionadas con el proyecto de convergencia y durante el que los supervisores podrán solicitar información a los vigilados sobre el desarrollo del proceso”.
Tratándose de preparación obligatoria, la información solicitada debe ser suministrada con todos los efectos legales que esto implica, de acuerdo con las facultades de los órganos de inspección, control y vigilancia”, y se hace insuficiente la alusión que se hace en la Reforma Tributaria a los cuatro años en que se harán las remisiones contenidas en las normas tributarias a las contables, pues no desarrolla los temas de una contabilidad tributaria si es necesaria o bien la obligación de un conciliación contable y fiscal preparada y firmada por contador público.
El texto que contiene el proyecto de reforma es el siguiente: “Artículo 130. Normas contables. Únicamente para efectos tributarios, las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarán vigentes durante los cuatro (4) años siguientes a la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF-, con el fin de que durante ese periodo se puedan medir los impactos tributarios y proponer la adopción de las disposiciones legislativas que correspondan”, por lo que se puede concluir que además que la DIAN no está preparada, tampoco hizo las mediciones de los impactos tributarios que provoca la adopción de las NIIF.
A partir del 2013 las pruebas SABER PRO, las prepararán la unión temporal formada por REDFACONT (Red nacional de Facultades de Contaduría Pública) y ASFACOP (Asociación de Facultades de Contaduría Pública).
Debido a la entrada en vigencia del Código Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, la Junta Central de Contadores se vió en la necesidad de actualizar todo lo referente al trámite de procesos disciplinarios contra los contadores. Por tal motivo el 27 de septiembre publicó el texto del Acuerdo 15 con la guía para estos trámites.
Este acuerdo se conoce como la “Guía para el trámite de los procesos disciplinarios de competencia del Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores”, el cual reemplazó el 028 de julio 28 de 2011, que contenia dicho procedimiento y donde se incorporan las nuevas medidas jurídicas que se mencionan en la Ley 1437.
Continuan llegando quejas para estudio ante el Tribunal Disciplinario. Son cerca de 800 expedientes de los cuales quincenalmente se resuelven 50 en promedio, a veces hasta de 500 páginas. Algunos ejemplos de estos casos son:
Es preciso conocer cuál será el final del proyecto de ley 077 de agosto del 2012, por el cual se dictan algunas disposiciones en materia contable, se le entregan unas facultades al Gobierno Nacional para modificar la estructura de la Junta Central de Contadores y se reforman algunos artículos de la ley 1314 de 2009 y ley 43 de 1990.
El proyecto de ley que pretende modificar el ejercicio de la Revisoría Fiscal en Colombia, figura tan defendida por los Contadores y que estaría modificada (según se entiende) por el requerimiento de la aplicación de las NIIF y de las NIAS, presiente un acercamiento a la Auditoría Externa. El argumento es que con la aplicación de las NIIF y de las NIAS se resuelven las obligaciones establecidas en el Código de Comercio sobre las responsabilidades de los revisores fiscales en relación con el seguimiento permanente de las operaciones, para llegar al final a aplicar la Auditoria Externa a los Estados Financieros, que es requerimiento internacional.
Consideramos que este proyecto de ley, el cual lesiona los intereses de la profesión, sea archivado por varios motivos; el Ministerio de Hacienda no está de acuerdo con su presentación para un primer debate, los ponentes han rechazado la falta de socialización del proyecto y solo el senador ponente, Gabriel Zapata y su asesor están empeñados en que siga su marcha.
El pasado 19 de julio de 2012 en Bogotá, la Junta Central de Contadores tuvo visita de tres funcionarios del Banco Mundial. Se trató de los doctores Xiomara Morel, de Estados Unidos; Jeannette Estupiñan Rojas, por Colombia; y Juan Carlos Serrano de México, delegados por esa entidad para actualizar el Informe ROSC (en español: Informe sobre Observancia de Códigos y Normas; en inglés: Reports on the Observance of Standards and Codes) con la aprobación del Gobierno colombiano.
Los temas tratados en dicho informe están relacionados con la contabilidad, auditoría, la profesión, la Revisoría Fiscal, las Normas Internacionales, los organismos de la profesión, profesión–formación y relación Gobierno-profesión, entre otros.
La Junta Central de Contadores por intermedio del Tribunal Disciplinario le dio respuesta a los delegados del Banco Mundial, dejando en claro que son pocas la novedades que pueden encontrarse después de los 9 años del informe donde muchos de los puntos fueron negativos y no han sido mejorados.
Con fecha del 16 de julio de 2012, el Consejo Técnico de la Contaduría (CTCP) hace importantes modificaciones y amplía apartes del documento de “Direccionamiento Estratégico” de Junio de 2011, algunos de ellos relacionados con las obligaciones de aplicar las NIIF por parte de las Entidades sin Ánimo de Lucro y las Cooperativas.
De la misma fecha, el nuevo documento “Bases de conclusiones para el documento: Propuesta de modificación a la conformación de los grupos de entidades para aplicación de NIIF” hace aclaraciones relacionadas con el interés de algunas empresas de utilizar las NIIF plenas o bien las NIIF para pymes y modifica tope de salarios mínimos para aplicar las NIIF para pymes, reduciendolas de 15.000 a 6.000.
El 9 de julio del presente año, el CTCP se reunió con la DIAN, en sesión de trabajo a la cual asistieron representantes de los Ministerios de Hacienda y Comercio.
El tema de la reunión fue conocer la posición de la autoridad tributaria, frente a los impactos que tendrá la aplicación de las NIIF en los tributos de los contribuyentes que deban aplicar estas normas.
Al siguiente día, en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, se instaló el Comité Técnico para las Pymes, el cual está integrado por representantes de los Ministerios de Hacienda y Comercio, las diferentes Superintendencias, aproximadamente 25 gremios y 25 entidades agremiadas, universidades y aseguradores. El Comité fue presidido por el Contador Público Luis Humberto Ramírez Barrios y la Secretaría Técnica ejercida por la Superintendencia de Sociedades.
De igual manera, el CTCP se encuentra en negociaciones con IFAC, con el fin de poner a disposición de los interesados las normas de aseguramiento en español en el portal del Consejo.
También, en los días siguientes y después de un período largo de negociaciones se llegó a un acuerdo con la Fundación IASB, para mantener disponibles en idioma Español, las NIIF, sus interpretaciones, las bases de conclusiones y el marco conceptual, entre otros, en el portal del CTCP. El acceso a dicha información será gratuito.
Finalmente, el 17 de julio, el CTCP tomó las siguientes decisiones:
1) Colocar a discusión pública las últimas normas emitidas por el IASB;
2) Poner a discusión pública las NIIF para Pymes como parte del debido proceso que se debe seguir para su implementación, ya que estos serán los estándares que el Consejo recomendará a los reguladores para las entidades ubicadas en el Grupo 2.
3) Solicitarle a la comunidad propuestas para la modificación, ajuste, eliminación o secciones nuevas de las NIIF para Pymes, de acuerdo con la convocatoria y cronograma que hiciera el IASB, con el fin de actualizar estas normas.