Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención del artículo 383 del Estatuto Tributario para persona natural del régimen común de IVA


Actualizado: 24 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Puede acogerse a la retención mencionada en el artículo 383 del Estatuto Tributario un contador público que califica en el régimen común del IVA que devenga honorarios?

Resueltas el 29 de junio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que a las personas naturales residentes que perciben honorarios sin importar que sean o no responsables del impuesto a las ventas, se les podrá aplicar la retención establecida en el artículo 383 del Estatuto Tributario, siempre y cuando se demuestre que no habían contratado dos o más trabajadores.

Conviene recordar que las personas naturales residentes deben cumplir con la obligación tributaria de presentar la declaración de renta utilizando el formulario 210 cedulado.

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