¿Los pagos o abonos en cuenta a las entidades no contribuyentes declarantes del artículo 23 del estatuto tributario, están sujetos a retención en la fuente?
¿Los pagos o abonos en cuenta a las entidades no contribuyentes declarantes del artículo 23 del estatuto tributario, están sujetos a retención en la fuente?
El Dr. Diego Guevara afirma que las entidades no contribuyentes del impuesto de renta, independientemente de que declaren o no ingresos o patrimonio, nunca liquidan impuesto.
Adicionalmente, se debe tener presente la modificación que introdujo la reforma tributaria Ley 1819 de 2016 al artículo 369 del Estatuto Tributario, el cual se refiere a los casos en que no se debe efectuar la retención en la fuente. Esto es:
PARÁGRAFO. Las transacciones realizadas a través de la Bolsa de Energía en ningún caso están sometidas a retención en la fuente.