Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención trasladable por dividendos según el artículo 242-1 del ET


Actualizado: 12 enero, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Durante el 2020 una sociedad nacional recibió dividendos no gravados de otra sociedad nacional y le practicaron la retención trasladable del artículo 242-1 del ET, pero la sociedad que recibió el dividendo cerró el 2020 con pérdida fiscal ¿Qué pasa entonces con esa retención trasladable?

Pregunta resuelta enero 07 de 2021
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