Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Rotación de los auditores – Hernando Bermúdez Gómez


Según la Medida No. 39 de nuestro Código País:

Se recomienda que el emisor, en los contratos que suscriba con su revisoría fiscal, pacte cláusulas en las que la firma de revisoría se comprometa a rotar a las personas naturales que al interior adelantan dicha función con por lo menos una periodicidad de cinco (5) años. Igualmente, se recomienda pactar que la persona que ha sido rotada solamente pueda retomar la auditoria de la misma compañía luego de un periodo de dos (2) años. La misma recomendación aplica para los casos en los cuales el revisor fiscal sea una persona natural.

A su vez, el Código de ética incorporado al derecho contable colombiano, hoy vigente, establece:

290.148 Modificado. D.R. 2132/2016, art. 1º. Se originan amenazas de familiaridad y de interés propio al asignar al mismo personal de categoría superior a un encargo de auditoría durante un periodo de tiempo prolongado. (…) 290.149 Modificado. D.R. 2132/2016, art. 1º. Con respecto a una auditoría de una entidad de interés público, una persona no será socio clave de auditoría durante más de siete años.”

En los países más desarrollados los supuestos de estas disposiciones, es decir, la pérdida de objetividad, se someten a prueba. Muchas veces los resultados son sorprendentes.

Brandon Gipper, Luzi Hail y Christian Leuz en octubre de 2017 divulgaron su trabajo On the Economics of Audit Partner Tenure and Rotation: Evidence from PCAOB Data. En su conclusión señalan lo siguiente:

We analyze the effects on audit quality over the mandatory five-year partner tenure cycle as well as other economic tradeoffs related to partner tenure and rotation. We find no evidence for audit quality declines over the tenure cycle and little support for significant fresh-look benefits after rotations. Thus, at least on average, mandatory rotation appears to be short enough and/or the U.S. audit environment robust enough that there are no major declines in audit quality from partner capture over the tenure cycle. *Nevertheless, partner rotations have significant economic consequences. We show that there are fee pressures around partner rotations but that audit firms can make up for both the fee pressures and the extra audit hours after rotation in subsequent years, however, without compromising audit quality. We also document that these systematic fee increases and audit hour decreases over the partner cycle differ by competitiveness of the local audit market, partner experience, and client size. The partner hour results are consistent with learning and “shadowing.” We further provide evidence of systematic audit hour patterns over the tenure cycle for review partners.

El derecho económico, al cual pertenece el derecho contable, nos enseña a pensar en las consecuencias económicas de las decisiones que tomamos. En este caso, según la investigación, mientras no se obtiene un cambio en la calidad sí se produce un ajuste de honorarios. Alguien pensaría que esto es deseable en Colombia.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 3303, enero 22 de 2018

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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