Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

RUT digital, la nueva apuesta de la Dian que busca formalización y aumentar el recaudo


RUT digital, la nueva apuesta de la Dian que busca formalización y aumentar el recaudo
Actualizado: 30 abril, 2019 (hace 5 años)

Los contribuyentes podrán actualizar virtualmente sus datos básicos y actividad económica en el RUT.  Así mismo, mediante el cruce de información la Dian podrá determinar si este es responsable o no del IVA; una ventaja, ya que las personas no tendrían que realizar el trámite en los puntos de contacto.

El 22 de abril de 2019, Lisandro Junco, director de ingresos de la Dian dijo ante los medios de comunicación que la entidad tiene un proyecto de resolución con el cual busca darle la oportunidad a la ciudadanía para actualizar los datos básicos y actividad económica, de forma virtual en el registro único tributario –RUT–. Con lo anterior, una mayor cantidad de negocios podrían formalizarse, lo que se traduciría en más recaudo tributario.

«La meta de recaudo para 2019 es de 157 billones de pesos, lo que quiere decir un 11,3 % de crecimiento. El objetivo a través de esta determinación es brindarles a los contribuyentes un servicio más ágil, en el cual puedan actualizar sus datos, su actividad económica, cambio de dirección de notificación o el correo electrónico, que podrán hacer a través de la página web de la Dian”, dijo Junco.

Además, agregó que la Dian podrá determinar, por medio de cruces de información, si el contribuyente es responsable o no del impuesto a las ventas.

“La Dian también está trabajando en el RUT digital para que quienes deseen formalizar sus negocios o empresas lo hagan a través de la página de la entidad

“Eso significa que si yo antes era del régimen simplificado, la Ley de financiamiento extingue el régimen simplificado. Entonces, entra uno a saber si es responsable o no del IVA. La Dian podrá, de forma oficiosa y masiva, declarar si usted es responsable o no de dicho impuesto. Eso es una ventaja para los contribuyentes, porque se ahorrarán el trámite en los puntos de contacto”, explicó Junco.

La Dian también está trabajando en el RUT digital para que quienes deseen formalizar sus negocios o empresas lo hagan a través de la página de la entidad. “Es muy fácil; es prácticamente como abrir un correo electrónico, en donde le vamos a dar unas preguntas y respuestas, decir qué actividad económica tiene y en pocos minutos podrá tener ya el RUT, evitándose desplazamientos a puntos de contacto”, explicó.

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Las personas naturales y jurídicas que ya tienen su RUT y no necesiten modificarle dato alguno no tendrán que hacer nada nuevo. Lo anterior quiere decir que el RUT con el que cuentan actualmente seguirá vigente y servirá para todos los trámites que una persona requiera en el país.

Entidades sin ánimo de lucro y RUT

La Ley de financiamiento 1943 de 2019, en su artículo 62, introdujo modificaciones al artículo 364-3 del Estatuto Tributario en torno a las situaciones en que las entidades sin ánimo de lucro –Esal– pierden los beneficios que les otorga pertenecer al régimen tributario especial. Uno de los casos tiene lugar cuando no cumplan con las disposiciones contenidas entre los artículos 356 y 364-6 del ET, como la actualización del RUT.

Como una medida de control frente a la evasión, la Dian estableció plazos efectivos en marzo, para que este año las Esal realizaran el registro exigido a través de la web de la entidad, y así continuaran perteneciendo al régimen tributario especial.

En octubre de 2018, y teniendo en cuenta las instrucciones dadas a través de la reforma tributaria de 2016, la Dian depuró las Esal. Hasta dicha fecha, de las 170.000 que existían solo quedaron 25.000, las cuales cumplieron con todos los requisitos. Por su parte, 100.000 manifestaron de forma voluntaria su deseo de ser excluidas.

Cabe recordar que el RUT aplica para todos los ciudadanos que realizan actividades empresariales en el país. Además, la primera medida sancionatoria para todo establecimiento comercial que no cuente con este documento es su cierre.

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