Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Salario: elementos que hacen parte de su remuneración


Actualizado: 4 septiembre, 2017 (hace 7 años)

El salario se entiende como el pago en dinero o en especie que hace un empleador a un trabajador cuando este último desarrolla una labor a favor del primero. El Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece en su artículo 127 y siguientes que el salario es una remuneración ordinaria fija o variable que comprende todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio.

¿Qué constituye salario?

  • Sobresueldos.
  • Bonificaciones habituales.
  • Valor del trabajo suplementario o de las horas extras.
  • Valor del trabajo en días de descanso obligatorio.
  • Porcentajes sobre ventas y comisiones.

Pagos que no constituyen salarios

No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por voluntad del empleador recibe el trabajador, por ejemplo:

  • Primas.
  • Bonificaciones o gratificaciones ocasionales.
  • Participación de utilidades.
  • Excedentes de las empresas de economía solidaria.
  • Lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como:
    • Gastos de representación.
    • Medios de transporte.
    • Elementos de trabajo y otros semejantes.
    • Las prestaciones sociales establecidas en los títulos VIII y IX del CST.
  • Los beneficios o auxilios habituales u ocasionales otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como:
    • Alimentación.
    • Habitación o vestuario.
    • Las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad.

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