La cédula de pensiones es la única en la que no se pueden imputar rentas exentas y deducciones especiales. En las demás es posible, pero atendiendo los límites que estipuló la reforma tributaria. La salud prepagada y los gastos por dependientes solo pueden incluirse en la cédula de rentas laborales.
Contadora pública de la Universidad Santiago de Cali, con especialización en Gerencia Tributaria de la Universidad Icesi. Cuenta con sólidos conocimientos en impuestos de orden nacional, departamental y municipal, así como en manejo de personal, y atención al cliente interno y externo. Con más de 10 años de experiencia docente en las universidades Icesi, Libre, San Buenaventura y Santiago de Cali.