¿Qué sanciones tributarias se puede aplicar para un contribuyente que no cumple con la obligación de inscribirse al Rut?
Resuelta 09 de Septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que cuando un contribuyente está obligado a inscribirse en el RUT y no lo hace le aplica la sanción del artículo 658-3 del Estatuto Tributario.
De la citada norma se destaca el siguiente fragmento:
“Art. 658-3. Sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en el RUT y obtención del NIT.
* -Articulo adicionado-
Se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción, o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina”.