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Se crearía registro de datos de contadores públicos y certificado de antecedentes ya no tendrá costo

El Decreto 2106 de 2019 modifica y elimina trámites innecesarios que realizan los ciudadanos ante las entidades estatales.

La exigencia de la presentación de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes de los contadores fueron dos de los trámites modificados.

Fecha de publicación: 13 de diciembre de 2019
Se crearía registro de datos de contadores públicos y certificado de antecedentes ya no tendrá costo
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Decreto 2106 de 2019 modifica y elimina trámites innecesarios que realizan los ciudadanos ante las entidades estatales.

La exigencia de la presentación de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes de los contadores fueron dos de los trámites modificados.

El Departamento administrativo de la función pública expidió el Decreto 2106 de 2019 con la intención de simplificar, eliminar y modificar trámites innecesarios para modernizar y agilizar la forma en que se relaciona la ciudadania con el Estado.

Entre el contenido del citado decreto encontramos dos artículos que atañen directamente a los contadores públicos. A continuación exponemos en qué forma.

La JCC deberá crear un registro público de contadores

El artículo 18 del Decreto 2106 de 2019 dispuso que las entidades encargadas de acreditar los titulos de idoneidad requeridos por la ley para desempeñar ciertas profesiones, ocupaciones y oficios, deberán constituir un registro de datos con la información de los ciudadanos que las desempeñen.

El registro deberá cumplir las siguientes características:

  • Ser centralizado, público y de consulta gratuita, de manera que cualquier autoridad pueda acceder a él.
  • Atender los principios y reglas de protección de datos personales señalados, entre otras, en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014.

De esta forma, cuando una autoridad requiera verificar si un ciudadano está autorizado para ejercer una profesión, ocupación u oficio, podrá acceder a la base de datos que habilite la entidad en cuestión sin necesidad de exigirle la tarjeta profesional física o cualquier otro medio de acreditación al ciudadano que esté realizando el trámite.

El artículo menciona que la base de datos se consultará únicamente para:

  • La gestión de un trámite en una autoridad estatal.
  • La vinculación a un cargo público.
  • Suscribir contratos con el Estado.

De acuerdo con esa disposición, cuando un contador público requiera realizar alguno de los trámites mencionados ante una entidad estatal, esta última solo deberá verificar el registro centralizado que disponga la Junta Central de Contadores –JCC–, sin la necesidad de exigirle fotocopias de su tarjeta profesional.

Certificados que expide la JCC deberán ser gratuitos

A su turno, el artículo 19 del mismo decreto dispone lo siguiente:

Artículo 19. Desmaterialización de certificados, constancias, paz y salvos o carnés. Las autoridades que en ejercicio de sus funciones emitan certificados, constancias, paz y salvos o carnés, respecto de cualquier situación de hecho o de derecho de un particular, deberán organizar dicha información como un registro público y habilitar su consulta gratuita en medios digitales.”

(El subrayado es nuestro)

“la JCC deberá crear un registro público, al que las autoridades y los usuarios de los servicios de contadores públicos podrán acceder de forma gratuita”

Para cumplir con lo establecido en el citado artículo, la JCC deberá crear un registro público, al que las autoridades y los usuarios de los servicios de contadores públicos podrán acceder de forma gratuita para verificar la situación disciplinaria del profesional que deseen contratar.

Esta es una medida positiva para la profesión, puesto que para contratar a un contador público generalmente se le exige un certificado de vigencia y antecedentes profesionales que tiene un costo de $30.000 (por el 2019), el cual es válido para un solo uso.

Teniendo en cuenta que la profesión posee un alto riesgo, los usuarios de los servicios de contadores públicos no deberían tener obstáculos para acceder a la información disciplinaria, así como tampoco deberían imponer dificultades para que los contadores desarrollen sus labores.

Para conocer otros aspectos que modificaría el Decreto 2106 de 2019 vaya a nuestros editoriales Nuevas disposiciones normativas antitrámites en materia laboral y comercial y Decreto Ley antitrámites 2106 de 2019 modificó 12 normas del Estatuto Tributario.

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