Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Se pueden expedir virtualmente los certificados bimestrales de retención por IVA


Actualizado: 30 abril, 2007 (hace 17 años)

Duración: 10 minutos 33 segundos

¿De qué se trata esta conferencia?

A la luz de las normas vigentes, si los certificados de retencion por IVA no requieren firma autógrafa del agente retenedor que los expide, sería valido entonces que, para ahorrar procesos de correo urbano, tales certificados se puedan expedir mediante correo electrónico. En esta miniconferencia examinamos este asunto

Contenido

  1. Repaso a las normas que rigen la expedición bimestral de los certicificados de retenciones por IVA

  2. Consideración a por qué sería valido expediro tales certificados mediante correos electrónicos (virtualmente) y no mediante correos urbanos

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