El Ministerio de Hacienda, con el Decreto 2091 del 12 de diciembre de 2017, aclara los procedimientos para la adjudicación de bienes a favor de la Nación.
El Ejecutivo reglamentó los artículos 266 y 264 de la Ley 1819 del 2016 para así aclarar los procedimientos para la adjudicación de bienes a favor de la Nación en los procesos de cobro coactivo y en los procesos concursales, y los trámites pertinentes para su aceptación, recepción, administración, contabilización y disposición.
De igual forma, señaló que será competente para decretar la adjudicación de bienes el director seccional de impuestos o el director seccional de impuestos y aduanas de la seccional de la Dian donde se adelante el proceso de cobro.
Por lo anterior, fue modificado el capítulo 3, se sustituye el capítulo 4 y se adiciona el capítulo 8 del título 2, parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria, para reglar los artículos 838 y 840 del Estatuto Tributario.
Fuente: Ministerio de Hacienda.