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Seguridad social y la medicina prepagada en la declaración de renta personas naturales

¿Cuál es el manejo tributario de los aportes a seguridad social obligatorios y la medicina prepagada en la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019?

Fecha de publicación: 9 de junio de 2020
Seguridad social y la medicina prepagada en la declaración de renta personas naturales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el manejo tributario de los aportes a seguridad social obligatorios y la medicina prepagada en la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019?

Pregunta resuelta junio 04 de 2020

El impuesto de renta tanto para las personas naturales como para las jurídicas, presentado ante la Dian con los formularios 210 y 110, puede disminuirse mediante la aplicación de las denominadas rentas exentas, descuentos tributarios y deducciones, siempre y cuando se cumplan los requisitos y se respeten los límites establecidos por las normas tributarias actuales.

En esta ocasión en particular, nuestro conferencista invitado, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios dará a conocer diferentes aspectos que pueden ser de gran utilidad al momento de presentar la declaración de renta de una persona natural, como, por ejemplo, la forma correcta de imputar los pagos de seguridad social y medicina prepagada.