Consejo de Estado. La prestación permanente del servicio bajo una jornada laboral parcial de 4 horas, no excluye en lo absoluto la configuración del contrato realidad, ni permite concluir que en tal caso exista autonomía e independencia por parte del presunto contratista.
Consejo de Estado
Sentencia 1413-08
04-03-2010
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección Segunda
Subseccion "A"
Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN
Radicación número: 85001-23-31-000-2003-00015-01(1413-08)
Actor: ERIKA MARIA NOVOA CABALLERO
Demandado: CAPRESOCA E.P.S.
Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 27 de marzo de 2008 proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare, en la que se inhibió de resolver acerca de las súplicas de la demanda instaurada por la señora Erika María Novoa Caballero contra CAPRESOCA E.P.S., en procura del reconocimiento y pago de los derechos salariales y prestacionales originados en los servicios profesionales prestados a dicha Entidad como Médica General.