Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia 800-050 de 04-06-2015


Actualizado: 4 junio, 2015 (hace 9 años)

Superintendencia de Sociedades
Sentencia 800-050
04-06-2015

La Superintendencia de Sociedades señaló las dificultades que conlleva restringir, vía judicial, el ejercicio del derecho de veto, pues cualquier límite que se imponga respecto de su uso puede desdibujar su función como mecanismo de protección de asociados minoritarios. Si el juez no tiene en cuenta factores tales como la finalidad para la cual fue conferido el veto o el trasfondo real de las relaciones entre los asociados, podrían frustrarse las expectativas económicas legítimas de los minoritarios y dejarlos indefensos ante la conducta oportunista del controlante.

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