Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia SC-2803-2016 de 04-03-2016


Actualizado: 4 marzo, 2016 (hace 8 años)

Corte Suprema de Justicia
Sentencia SC-2803-2016
04-03-2016

La Corte Suprema de Justicia recordó que al ser el contrato de seguro de naturaleza consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva, no requiere para su perfeccionamiento la firma del tenedor en la póliza de seguro.

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