Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia T-248 de 19-06-2015


Actualizado: 19 junio, 2015 (hace 9 años)

Corte Constitucional de Colombia
Sentencia T-248
19-06-2015

Se definió la imposibilidad de que las EPS se nieguen a efectuar el pago de las incapacidades bajo el argumento de que no se ha cumplido con la penalidad impuesta por la inasistencia a las citas médicas, es importante reconsiderar que actualmente se encuentra prohibida la imposición de multas relacionadas con las citas médicas programadas.

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