Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Septiembre 1 de 2018, fecha clave para factura electrónica y presentación de declaraciones virtuales


Septiembre 1 de 2018, fecha clave para factura electrónica y presentación de declaraciones virtuales
Actualizado: 31 agosto, 2018 (hace 6 años)

A partir de mañana, 1 de septiembre de 2018, los grandes contribuyentes deberán expedir facturas electrónicas. Esta fecha también es muy importante para los que tienen ciertas obligaciones con el distrito capital, pues a partir de esta, no será posible presentar las declaraciones de forma presencial.

El 1 de septiembre de 2018 es una fecha que implica cambios para ciertos contribuyentes, así por ejemplo la gran mayoría de los catalogados como grandes contribuyentes se convertirán en facturadores electrónicos; si abordamos el caso distrital, quienes sean responsables de ciertas obligaciones tributarias administradas por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá deberán presentar sus declaraciones de forma virtual. A continuación, profundizaremos en dichas novedades que empiezan a aplicar desde mañana.

Grandes contribuyentes deberán facturar electronicamente

Mediante la Resolución 000010 de febrero 6 de 2018, la Dian seleccionó a los grandes contribuyentes como facturadores electrónicos. De acuerdo con lo estipulado en los artículos 2 y 6 de la citada norma, quienes no solicitaron tiempo adicional por inconvenientes de tipo tecnológico deben cumplir con dicha responsabilidad a partir de septiembre 1, mientras que, si hicieron la solicitud y les fue aprobada tendrán plazo hasta diciembre 1 de 2018.

Estos responsables deben expedir facturas conforme a las condiciones estipuladas en el Decreto 2242 de 2015 recopilado en los artículos 1.6.1.4.1.1 hasta 1.6.1.4.1.21 del DUT 1625 de 2016, sin que esto implique que posteriormente se encuentren exonerados de aplicar el nuevo modelo de facturación que entrará en vigor a partir de enero 1 de 2019 y que contempla la validación de la factura electrónica antes de su expedición. Lo invitamos a consultar el editorial titulado Factura electrónica, la Dian cuenta con microsite sobre el tema en el cual destacamos las características de dicho sitio web.

Según el comunicado de prensa emitido por la Dian el pasado 24 de agosto de 2018, alrededor de 3.430 grandes contribuyentes quedaron seleccionados como facturadores electrónicos (ver las resoluciones 000076 de 2016, 000003 de 2017 y 1304 de 2017), de los cuales 226 ya estaban cumpliendo con dicha responsabilidad, 2.001 la asumirán desde septiembre 1 y 1.208 a partir de diciembre 1 de 2018.

“el hecho de que algunos contribuyentes se encuentren obligados a expedir facturas electrónicas también incide en ciertos procesos de los adquirentes a los que se le facture a través de dicha modalidad”

Recordemos que, el hecho de que algunos contribuyentes se encuentren obligados a expedir facturas electrónicas también incide en ciertos procesos de los adquirentes a los que se le facture a través de dicha modalidad, tal como lo destacamos en el editorial Grandes contribuyentes inician con facturación electrónica: ¿qué deben verificar los adquirentes?

Contribuyentes capitalinos deberán declarar virtualmente

Respecto de las obligaciones tributarias territoriales, específicamente las relacionadas con el distrito capital, es necesario tener en cuenta que con la modificación que sufrió el artículo 1 de la Resolución DDI-040733 de 2017 por parte de la Resolución DDI-001381 de enero 30 de 2018, el principal mecanismo para declarar y pagar los impuestos en Bogotá es el virtual.

Con dicha modificación también se indicó que a partir de septiembre 1 de 2018 quienes vayan a presentar sus declaraciones de ICA, reteica, avisos y tableros y sobretasa a la gasolina (sin incluir la declaración de vehículos automotores y del impuesto predial unificado) deberán hacerlo de forma virtual, es decir que ya no será posible recurrir a mecanismos presenciales; no obstante, el pago sí podrá efectuarse por cualquiera de los dos medios.

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