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Servicios por webcam para adultos serían objeto de retención en la fuente

Personas y empresas que ofrezcan servicios para adultos a través de webcam serían objeto de retención en la fuente, según un proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda.

Fecha de publicación: 22 de julio de 2019
Servicios por webcam para adultos serían objeto de retención en la fuente
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas y empresas que ofrezcan servicios para adultos a través de webcam serían objeto de retención en la fuente, según un proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda.

Un proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda, publicado para comentarios, busca que las personas y empresas que prestan servicios de entretenimiento para adultos mediante webcam, y a través de forma directa o indirecta, sean objeto de retención en la fuente, a nombre de impuesto sobre la renta.

El proyecto de decreto señala que se debe entender por servicios de entretenimiento para adultos toda actividad o recurso digital de contenido sexual y/o erótico explícito y desnudez para la recreación del consumidor.

Tanto las personas como las empresas deberán presentar la declaración de retención en la fuente y consignar a la Dian, el total de las retenciones practicadas de conformidad con los plazos y fechas que determine el Gobierno Nacional.

Fuente: Ministerio de Hacienda