Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si conviene y da un menor valor a pagar, contribuyente se puede pasar al formulario 230 alternativo


Si conviene y da un menor valor a pagar, contribuyente se puede pasar al formulario 230 alternativo

Toda persona natural que califique como empleado podría interesarse en pasarse al formulario 230 si cumple con la condición que la RGA no se pase de 4.700 UVT.

Veamos el siguiente caso. Soy categoría empleado con ingresos brutos mayores de $37.700.000. Hago depuración por los 3 sistemas para declarar y me arroja los siguientes valores: ordinario $400.000, IMAN $350.000 e IMAS $280.000. ¿Puedo utilizar el sistema IMAS sabiendo que es el menor valor y que es sistema voluntario para el empleado declarante?

La respuesta es sí. Hay que recordar que el formulario del IMAS es alternativo, un formulario aparte. En el formulario 210 el contribuyente debe hacer un cálculo entre la liquidación ordinaria (impuesto que se busca en la tabla del art. 241 del E.T.) y a quien califica como empleado debe hacer el cálculo de la RGA para efectos del IMAN. Y en el mismo formulario, del renglón 85 para abajo se continuaría con el mayor de los dos entre el impuesto ordinario y el IMAN.

Una vez cerrado el formulario 210, a esta persona le podría interesar pasarse al formulario 230, si cumple con las condiciones (que la RGA no se pase de 4.700 UVT) y aquí no importa si el formulario 230 da un menor valor a pagar. En algunos casos da mayor valor a pagar el 230 que el 210, pero en otros es a la inversa.

No hay que confundirse con lo que dice la norma, la cual afirma que hay que escoger el mayor entre los dos, pero esto es dentro del formulario 210, es decir que en el caso de los empleados debe escogerse el mayor valor a pagar entre la depuración por el sistema ordinario y el IMAN de empleados y posteriormente hay que continuar del renglón 85 hacia abajo con el que haya sido el mayor. Pero el beneficio de pasarse al IMAS de empleados aplica independiente del saldo que arrojen las depuraciones del ordinario y del IMAN.

Y como dijimos anteriormente, al contribuyente le puede interesar pasarse al formulario 230 porque es una alternativa que se puede presentar. Si conviene, si da menor valor a pagar, o si se quiere que la declaración quede en firme en 6 meses, entonces se puede quedar en el formulario 230.

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