Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si estoy pensionado con un fondo privado, ¿puedo solicitar traslado a Colpensiones?


Actualizado: 5 agosto, 2019 (hace 5 años)

Responde conferencista: Natalia Jaimes Lúquez

Una persona que está en un fondo privado de pensiones ¿se puede trasladar al fondo público y viceversa? ¿Cuáles serían los efectos de dicho traslado?

Pregunta resuelta el 24 de Julio de 2019

Para acceder a la pensión en Colombia es claro que existen dos regímenes: el de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones, y el de ahorro individual, administrado por distintos entes de carácter privado. Así lo señala la Ley 100 de 1993.

Sin embargo, muchos lectores han manifestado tener dudas respecto a si en la actualidad es posible solicitar traslado entre fondos de pensiones, cuando la persona previamente ha sido incluida mediante resolución en la nómina de pensionados.

Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, dará a conocer si existe norma alguna que lo permita y, sobre todo, qué condiciones deben ser reunirse para ello.

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