Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si las reglas cambian, no solo es el país el que queda mal


La Ley de financiamiento de 2018 presenta muchas variables a favor de algunos, como el Gobierno, y en contra de otros, quienes no están de acuerdo con el texto y sus implicaciones.

Pero se ha denominado Ley de financiamiento, y no reforma tributaria, ya que así no suena tan impositivo para los contribuyentes y no se ajusta solamente a los artículos del Estatuto Tributario –ET–, sino que se centra en un contexto algo más amplio.

Pero Colombia presenta cada dos años un nuevo texto, lo que hace que se beneficien algunos consultores, y se olvida o se deja de lado la labor de los profesionales que preparan la información financiera y quienes la auditan.

Es preocupante que por una cuestión de forma se prevea la posibilidad de declarar una norma como inconstitucional, en este caso una ley, sin pretender tener en cuenta los impactos de la información realizada en empresas que han requerido un esfuerzo humano y operativo ya culminado total o parcialmente (debido a que no ha finalizado el ciclo contable-fiscal colombiano, que es el 31 de diciembre de 2019).

Además de esto, preocupa desconocer que algunos estados financieros que claramente no son los definitivos ya se dieron a conocer a un público indeterminado, que está tomando decisiones de inversión, crédito u otras transacciones, tales como entidades financieras, proveedores y otros.

Ya lo menciona el marco conceptual que “las expectativas de inversores, prestamistas y otros acreedores sobre rentabilidades dependen de su evaluación del importe, calendario e incertidumbre sobre (las perspectivas de) la entrada de efectivo neta futura a la entidad. Por consiguiente, los inversores, prestamistas y otros acreedores existentes o potenciales necesitan información que les ayude a evaluar las perspectivas de entrada de efectivo neta futura a la entidad”.

Los inversionistas creen en la información financiera soportada por los dictámenes de quienes tienen esta tarea, pero si las reglas cambian, no solo es el país el que queda mal de cara a aquellos, sino las mismas empresas, en la medición de los impactos que puede traer un evento como es que de una norma que ya se trabajó más de nueve meses, llegue a ser modificada y se cambien las reglas de juego.

Esperemos que los esquemas de control ya estén previendo estas situaciones que de una manera u otras traerán impactos financieros y tributarios en las organizaciones.

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Yasnyr Estévez Quebradas
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 4665, octubre 21 de 2019

Yasnyr Estévez Quebradas
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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