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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si los lectores encuentran manifestaciones bien escritas y fundamentadas, les atribuyen gran autoridad


En la década de oro, que para los comercialistas fue la comprendida en los años 70 del siglo pasado, la actividad de publicación de la doctrina oficial fue muy importante para los emisores y para los interesados. De allí quedó un empujón que tuvo efecto varios años, pero que fue disminuyendo en la medida en la cual se popularizaron las bodegas de documentos que se pueden consultar en la Internet. Algunas entidades tienen muy malos buscadores. Casi hay que saber todos los datos de lo que se está buscando para encontrarlo. Otras simplemente abandonaron el cuidado de su doctrina. Ya no se sabe cómo piensan. Entre éstas últimas se encuentra la Junta Central de Contadores.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, a regañadientes de algunos miembros, ha venido contestando un número significativo de preguntas. Todo ha sido un aprendizaje. No respetan la cola, pero con algo de dedicación se entiende su raro sistema. La búsqueda por palabras permite revisar lo que ha sostenido sobre ciertos temas.

Recientemente, el CTCP ha publicado en formato electrónico compilaciones de sus conceptos por los años 2017 y 2018. Confiamos en que esto aumente la consulta por los profesionales y su utilización en los programas académicos, con la seguridad de que se pueden aprender muchas cosas sobre el tratamiento en el derecho contable colombiano de varias situaciones.

La doctrina, reconocida por varios como fuente material del derecho, no es de obligatorio cumplimiento. Así ha sido hace muchísimo tiempo. Sin embargo, los conceptos hablan por sí mismos. Cuando los lectores encuentran manifestaciones bien escritas y fundamentadas, les atribuyen una gran autoridad, que poco a poco muchos reconocen.

Doctrinas muy admirables han sido reemplazadas por opiniones de menor factura. Esto es inevitable. Las entidades no saben conservar su patrimonio intelectual.

En otros casos, el frecuente cambio de las leyes, los decretos, las resoluciones y las circulares hace que sea necesario reformular la doctrina. Los buenos doctrinantes influyen en las nuevas disposiciones. A los malos se les corrige con normas.

La doctrina puede expresarse en medios no jurídicos, como libros, ensayos y artículos de revistas. En el mundo contable hay culturas, como la estadounidense, que le conceden autoridad a esto que llamarían la producción intelectual. Hay casos en que los autores y las empresas editoriales se ponen de acuerdo para producir títulos de gran prestigio, a tal punto que existen portales completos en torno a ciertos libros. No es lo común en nuestro país, pero poco a poco ha ido creciendo el fondo contable.

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Hay quienes nunca estudian. Otros se quedan con las noticias de los informativos. Algunos coleccionan normas. Pocos se adentran en el pensamiento contable, leyendo varias fuentes, de diversos países y escuelas. Estos últimos son los verdaderamente contadores. Los otros no pasan de ser técnicos.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor de Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 5884, junio 7 de 2021

 


 

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones de “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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