Si un empleado renuncia voluntariamente, ¿la empresa se encuentra obligada a aceptar la renuncia? ¿Cómo se hace la liquidación si el contrato es a término indefinido?
Responde conferencista: Natalia Jaimes Lúquez
Si un empleado renuncia voluntariamente, ¿la empresa se encuentra obligada a aceptar la renuncia? ¿Cómo se hace la liquidación si el contrato es a término indefinido?
Una de las modalidades de vinculación de personal a una empresa es a través del contrato de trabajo, el cual se caracteriza por reunir tres cualidades esenciales: prestación del servicio personal, subordinación y remuneración. Estos criterios no pueden ser perdidos de vista por el empleador, porque es a partir precisamente de ellos que se desprenden una serie de obligaciones respecto al pago de acreencias laborales, como prestaciones sociales, aportes a seguridad social, parafiscales, auxilio de transporte, dotación, entre otras.
Es importante precisar, que las cesantías se liquidan con corte al 31 de diciembre del respectivo año, pero se cancelan a más tardar el 14 de febrero.
En este tipo de relaciones contractuales surge la siguiente duda: ¿el empleador puede quedar exonerado del pago de acreencias laborales por el simple hecho de que el trabajador haya decidido pasar su carta de renuncia? Como empleador, ¿está obligado a aceptar dicha carta de renuncia?
Por ser una consulta tan recurrente entre nuestros lectores, hemos abierto este espacio para que nuestra especialista en derecho laboral Natalia Jaimes Lúquez, quien cuenta con una amplia trayectoria profesional, explique cómo deben actuar los empleadores en este caso para no caer en la ilegalidad, que a su vez puede acarrear sanciones pecuniarias.