Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

SIC imparte medidas para proteger a consumidores durante días sin IVA


Actualizado: 1 julio, 2020 (hace 4 años)

SIC expidió una serie de puntos para que sean aplicados por los comercios que participarán los próximos días sin IVA, y así se protejan los derechos de los consumidores.

La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- y el MinCIT expidieron la Resolución 31470 del 25 de junio de 2020, con la que se imparte una orden administrativa para los proveedores de bienes y servicios que participarán en las dos jornadas, para que terminen una serie de prácticas que vulneran los derechos de los consumidores.

El organismo de control y vigilancia impartió decisiones, luego de establecer que el 19 de junio se cometieron presuntas vulneraciones a los derechos de los compradores.

Entre las medidas están que los proveedores de bienes y servicios deberán informar de forma clara si se ofrecerá o no el beneficio de exención del IVA a los consumidores. Cuando esto se vaya a hacer, indicar los productos a los que se les aplicará el respectivo beneficio, el valor máximo de los productos para acceder a la exención y el límite de unidades que puede adquirir cada consumidor.

El establecimiento de comercio que hará parte del día sin IVA tendrá que incluir las condiciones necesarias para acceder al beneficio de exención del IVA e indicar las categorías de productos que están cubiertos por la medida y los valores límites en Unidades de Valor Tributario (UVT) con su equivalencia en pesos.

Incluir en la información publicada las condiciones especiales dispuestas por el comercializador para el acceso a las compras durante los días en que se aplica el beneficio de exención del IVA e informar de forma clara, precisa y antes de concluir la transacción, a través de comercio tradicional y/o electrónico u otras modalidades de ventas a distancia, que la entrega de productos que no sean puestos a disposición del consumidor en dicho momento se realizará a más tardar dentro de las dos semanas siguientes a la emisión de la factura.

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