Es muy importante que el revisor fiscal conozca los clientes o contrapartes con los que se generan vínculos comerciales. De igual manera, debe recolectarse información sobre la autorización para contratar o negociar con personas expuestas públicamente, entre otros aspectos.
Cuando el revisor fiscal ejecute labores de fiscalización y revisión debe concentrarse en ciertas situaciones que podrían conducir a riesgo de fraude:
El revisor fiscal debe evaluar la debida diligencia de la empresa respecto al conocimiento de los clientes o contrapartes con las que se generan vínculos comerciales y/o mercantiles, según las características particulares del negocio y de la comercialización de los bienes que produce o los servicios que presta.
Para los casos en los que los bienes o servicios no permitan la identificación del cliente, el revisor deberá tener en cuenta las transacciones que se ajusten a la normalidad del negocio por las cantidades transadas y la forma de pago. Esto también aplica cuando se trate de bienes que vayan a recibirse a título de dación en pago.
Para el caso de las empresas que celebren operaciones con personas expuestas públicamente –aquellas que manejan recursos públicos o tienen poder de disposición sobre los mismos–, el revisor fiscal debe recolectar información sobre la autorización para contratar o negociar otorgada por la entidad correspondiente.
Los procesos y controles para el conocimiento de esta clase de clientes deben ser más estrictos, y, en lo posible, la negociación debe ser aprobada por una instancia superior de la organización.
La empresa debe implementar procedimientos para que las operaciones con proveedores no generen consecuencias negativas. El objetivo es conocer:
La empresa tiene la responsabilidad de verificar los antecedentes de sus trabajadores o empleados antes de su vinculación y realizar, al menos, una actualización anual de sus datos. Así mismo, cuando se detecten comportamientos inusuales en cualquier trabajador es preciso analizar tal conducta.