Así lo establece el artículo 50 de la Ley 1429 de diciembre de 2010. En octubre 1 de 2011 las Cámaras de Comercio empezarán a enviar correos y publicar las listas de las sociedades a las que se les podrá aplicar la medida si no renuevan sus registros antes de diciembre 29 de 2011.