¿Los productores de bienes exentos pueden solicitar los saldos a favor que se generan en las declaraciones de IVA?, ¿qué procedimiento deben aplicar?
Resuelta 08 de septiembre de 2017
¿Los productores de bienes exentos pueden solicitar los saldos a favor que se generan en las declaraciones de IVA?, ¿qué procedimiento deben aplicar?
Resuelta 08 de septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que según lo que dispone el artículo 477 del Estatuto Tributario modificado por el artículo 188 de la Ley 1819 de 2016, los bienes que se encuentran en este listado serán considerados exentos del IVA, pero en cabeza del productor, porque quien realiza la actividad de comercialización de los mismos debe tratarlos como excluidos del IVA de conformidad con lo que establece el artículo 439 del Estatuto Tributario.
Finalmente, es importante aclarar que según lo que dispone el artículo 600 del Estatuto Tributario los productores de bienes exentos deben realizar siempre su declaración de IVA de forma bimestral.