Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Solicitud del pago de una incapacidad por persona del régimen subsidiado en salud


Actualizado: 23 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Puede solicitar el pago de las prestaciones económicas por la incapacidad generada una persona que fue incapacitada por una enfermedad de origen común por dos meses, que se encuentra afiliada al régimen subsidiado en salud, puede solicitar el pago de las prestaciones económicas por la incapacidad generada?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que para efectos de prestar el servicio de salud, considerado como un derecho para las personas que habitan en el territorio nacional, existen tres regímenes: el contributivo, el subsidiado y el régimen de excepción.

En el primero se incluyen las personas que se encuentran vinculadas a través de un contrato de carácter laboral o civil, pues se presume que existe capacidad de pago para contribuir al sistema de salud, sin embargo no ocurre lo mismo con aquellas personas que son agrupadas en el régimen subsidiado, pues se considera que hacen parte de la población de escasos recursos, vulnerable y que por tal razón no tienen capacidad de pago para efectuar aportes al sistema de salud, no obstante no es una limitante para que este grupo de personas puedan acceder a los servicios de salud, previo cumplimiento de ciertos requisitos.

Vale la pena precisar que las personas que se encuentran afiliadas al régimen subsidiado en salud, en caso de presentarse una incapacidad médica no pueden acceder al reconocimiento de las prestaciones económicas, debido a que de dicha afiliación solo se desprende el derecho a recibir asistencia médica de acuerdo con lo señalado en el artículo 206 de la Ley 100 de 1993.

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