Entre enero y diciembre de 2018 las empresas deben ejecutar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo –SG-SST–, el cual debió haber pasado por una evaluación inicial y un plan de mejoramiento. Dicho sistema debe cumplir ciertos estándares mínimos que a continuación explicamos.
Si hablamos de las fases descritas por la Resolución 1111 del 27 de marzo de 2017 sobre la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo –SG-SST–, tenemos que decir que en este momento todas las empresas obligadas a cumplir con este requisito ya deben estar en la etapa de ejecución. Lo anterior implica la puesta en marcha del sistema a partir de enero de este año y hasta diciembre del mismo, en coherencia con los estándares mínimos establecidos, la autoevaluación y el plan de mejoramiento.
Las empresas debieron cumplir previamente una primera fase de evaluación inicial y una segunda de plan de mejoramiento, en la cual se debió haber diseñado el SG-SST, donde se planteaba un plan para su respectiva ejecución este año. Posterior a la etapa de ejecución vendrá una etapa de seguimiento y plan de mejora, en aras de llevar a cabo una vigilancia preventiva de la ejecución, desarrollo e implementación del sistema (fase que va de enero a marzo del 2019).
Finalmente, está la fase de inspección, vigilancia y control, en la que se verifica el cumplimiento de la normatividad del SG-SST, lo que aplica desde abril del próximo año. En resumen, a partir de enero de 2020 el SG-SST que adopte su empresa debe estar funcionando al 100 %.
Se trata de un conjunto de normas, procedimientos y requisitos de cumplimiento obligatorio por parte de empleadores, contratantes y entidades señaladas, con los cuales se verifica, establece y controlan las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica; de suficiencia patrimonial y financiera; y de capacidad técnico-administrativa, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema General de Riesgos Laborales –SGRL–.
Este conjunto de normas es graduable, dinámico, proporcional y variable según la actividad económica de la empresa, el número de trabajadores que esta posea y de acuerdo a la labor u oficios que desarrollen.
Lo anterior quiere decir que la implementación de estos estándares se ajustará y adecuará a cada empresa o entidad de manera particular, conforme al total de trabajadores, actividad económica u objeto social y labores que ejecuten.
Este sistema exige que aquellas empresas que funcionen con más de un turno, al igual que aquellas que cuentan con varios centros de trabajo, garanticen una cobertura total del SG-SST y los estándares mínimos para todos sus trabajadores.
Las principales obligaciones del empleador frente a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores son: