Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Subsidio familiar monetario: ¿quiénes tienen derecho a este y bajo cuáles condiciones?


Subsidio familiar monetario: ¿quiénes tienen derecho a este y bajo cuáles condiciones?
Actualizado: 10 julio, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cuáles trabajadores dependientes pueden acceder a este?
  • Temas que se abordan en este especial
  • Informes

El monto del subsidio familiar monetario varía según el número de beneficiarios que tenga el trabajador afiliado a la caja de compensación. Una serie de características tiene este tipo de subsidio ofrecido por las cajas de compensación familiar que a continuación profundizamos.

Mensualmente, las empresas que tienen en su nómina trabajadores vinculados a través de contrato laboral deben realizar un aporte a parafiscales, el cual equivale al 9 % de la base de liquidación de la nómina de salarios, distribuido de la siguiente manera: 4 % para las cajas de compensación familiar, 3 % para el ICBF y 2 % para el Sena.

Los subsidios de las cajas de compensación no son considerados ningún tipo de salario extra, sino que se tratan de beneficios pagados en dinero, especie o servicios. La Ley 21 de 1982 regula tales beneficios, contemplando temas como el subsidio familiar o el subsidio en especie, que incluye vestuario, alimentación, becas de estudio o textos escolares.

Uno de los tipos de subsidio ofrecidos es el familiar monetario; una prestación pagada en dinero a la cual tienen derecho los trabajadores de medianos y pequeños ingresos. Su monto varía según el número de beneficiarios que tenga el trabajador afiliado a la caja de compensación.

¿Cuáles trabajadores dependientes pueden acceder a este?

  • Los trabajadores que reciban una remuneración mensual, fija o variable que no supere 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y que sumada a la remuneración de su cónyuge o compañero(a) no sobrepase 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Que laboren al menos 96 horas en el mes.
  • Tengan personas a cargo con las siguientes condiciones:
    • Hijos del trabajador afiliado que no sobrepasen los 18 años, legítimos, naturales, adoptivos o hijastros. Después de los 12 años de edad, se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento educativo debidamente aprobado.
    • Hermanos del trabajador afiliado que no sobrepasen la edad de 18 años, huérfanos de ambos padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador y que cumplan con el certificado de escolaridad del numeral anterior.
    • Padres del trabajador afiliado mayores de 60 años, que dependan económicamente del trabajador, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. Este subsidio no podrá ser cobrado por más de uno de los hijos trabajadores.
  • Los padres, hermanos huérfanos de padres y los hijos que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, darán derecho a doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.

Para profundizar en este tema presentamos el especial Régimen del subsidio familiar.

Temas que se abordan en este especial

  • Aspectos generales sobre la afiliación al régimen del subsidio familiar.
  • Caja de compensación para trabajadores(as) del servicio doméstico.
  • Pensionados afiliados a cajas de compensación familiar: categorías.
  • Empleador que incumple con la afiliación y pago de la caja de compensación familiar del trabajador a su cargo: ¿qué pasa si el empleador no ha afiliado al trabajador o no ha pagado el subsidio familiar?
  • Subsidio familiar puede ser cobrado por ambos padres: requisitos que debe reunir el trabajador y formas de pago.
  • Reporte de subsidios familiares en la declaración de renta

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