Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Subsidio familiar monetario: trabajadores que pueden acceder a este


Subsidio familiar monetario: trabajadores que pueden acceder a este
Actualizado: 11 mayo, 2018 (hace 6 años)

Los trabajadores dependientes que quieran acceder a este beneficio deberán cumplir con una serie de requisitos. La Superintendencia del Subsidio Familiar informó que el ajuste a nivel nacional para este subsidio es de 4,58 %.

Mensualmente, todas las empresas que tienen trabajadores vinculados mediante contrato laboral deben realizar un aporte a parafiscales equivalente al 9 % de la base de liquidación de la nómina de salarios, distribuido así: 4 % para caja de compensación familiar, 3 % para el ICBF y 2 % para el Sena.

Los subsidios de las cajas de compensación no corresponden a ningún tipo de salario extra, sino que son beneficios pagados en dinero, especie o servicios. La Ley 21 de 1982 las regula, contemplando temas como el subsidio familiar o el subsidio en especie, que incluye vestuarios, alimentos, becas de estudio o textos escolares.

“es una prestación pagadera en dinero a la que tienen derecho los trabajadores de medianos y menores ingresos”

Uno de los tipos de subsidio ofrecidos es el familiar monetario, el cual es una prestación pagadera en dinero a la que tienen derecho los trabajadores de medianos y menores ingresos. El monto del subsidio varía según el número de beneficiarios que tenga el trabajador afiliado a la caja de compensación.

¿Cuáles trabajadores dependientes pueden acceder a este?

  • Los trabajadores que reciban una remuneración mensual, fija o variable que no supere 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y que sumada a la remuneración de su cónyuge o compañero(a) no sobrepase 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Que laboren al menos 96 horas en el mes.
  • Tengan personas a cargo con las siguientes condiciones:
    • Hijos del trabajador afiliado que no sobrepasen los 18 años, legítimos, naturales, adoptivos o hijastros. Después de los 12 años de edad, se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento educativo debidamente aprobado.
    • Hermanos del trabajador afiliado que no sobrepasen la edad de 18 años, huérfanos de ambos padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador y que cumplan con el certificado de escolaridad del numeral anterior.
    • Padres del trabajador afiliado mayores de 60 años, que dependan económicamente del trabajador, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. Este subsidio no podrá ser cobrado por más de uno de los hijos trabajadores.
  • Los padres, hermanos huérfanos de padres y los hijos que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, darán derecho a doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.

Para tener en cuenta

Este año, la Superintendencia del Subsidio Familiar informó que con ciertas excepciones el ajuste a nivel nacional para este subsidio es de 4,58 %. De esta forma, cerca de 2 billones de pesos recibirán durante este año las personas a cargo de los trabajadores afiliados a las cajas de compensación por concepto de la cuota monetaria.

Este beneficio económico será otorgado al 91 % de los 9,55 millones de trabajadores afiliados al sistema del subsidio, y corresponde al dinero en efectivo que las cajas de compensación familiar deben pagar a los afiliados de las categorías A y B, que son aquellos que ganan hasta 4 salarios mínimos mensuales. Cabe recordar que si los beneficiarios de la cuota monetaria son personas en edad escolar deberán ser menores de 23 años.

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