Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superávit de capital: Reconocimiento según el Estándar para Pymes


Actualizado: 14 septiembre, 2016 (hace 8 años)

Cuando una entidad emite acciones por un valor superior a su costo nominal, debe reconocerse un superávit de capital según las indicaciones del Estándar Internacional para Pymes.

Estas situaciones ocurren cuando por ejemplo, una empresa tiene acciones con un valor nominal de $100, pero las colocó en el mercado a $125, pues dada la valoración de la entidad es viable la puesta en el mercado con un valor superior que da origen al cobro de una prima.

En este caso, el tratamiento es similar a lo que se hacía bajo normas locales, por cuanto el valor de la prima en colocación de acciones es un mayor valor de los aportes de capital.

Según indica la Sección 22 del Estándar Internacional para Pymes, los títulos de patrimonio se reconocen por el valor razonable de la contraprestación recibida; ahora bien, dicha contraprestación incluye el superávit.

Según estas indicaciones, la prima en colocación de acciones simplemente es un mayor valor del capital social que puede llevarse en una cuenta separada, pues aunque esto no es requisito del Estándar Internacional, este tampoco prohíbe la decantación en subcuentas; además, para todo efecto de control siempre será mejor tener claro cuál fue el valor nominal y qué valor corresponde a la prima en dicha colocación de acciones, y para tal fin, la separación de cuentas es la mejor herramienta.

En síntesis, el tratamiento de este tipo de hechos económicos bajo Estándares Internacionales es muy similar a como siempre habían venido siendo incluidas en los estados financieros bajo la dinámica del estándar local; la prima generada siempre será un mayor valor de las acciones colocadas. 

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