Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Suspensión del contrato de trabajo por crisis económica debido a la pandemia del COVID-19


Actualizado: 3 mayo, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Una empresa puede suspender el contrato de trabajo de un empleado debido a la crisis económica por la pandemia del COVID-19? Si esto es correcto, ¿por cuánto tiempo se puede suspender dicho contrato?

Pregunta resuelta 26 de abril de 2021

La suspensión del contrato de trabajo se puede aplicar solo cuando se presentan unas situaciones específicas. Esta se encuentra regulada por los artículos 51 al 53 del Código Sustantivo del Trabajo.

En esta publicación, la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, explica cuándo se puede aplicar la suspensión del contrato de trabajo y cuáles efectos se presentan por dicha suspensión, mediante el artículo 54 del Código Sustantivo del trabajo.

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