Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tarifa de impuesto de renta que debe pagar una entidad del régimen tributario especial


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Puede una entidad del régimen tributario especial –RTE– pagar el impuesto de renta a una tarifa del 0 % y no del 20 %? ¿Qué condiciones deben cumplirse?

Resueltas octubre 25 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, precisa que las entidades que califican en el régimen tributario especial son las señaladas en los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario.

Otro aspecto que resulta importante mencionar es que las entidades en mención deben responder por el impuesto de renta a una tarifa del 20 %, tarifa que puede ser reducida al 0 % cuando el excedente fiscal se toma como exento por haberse cumplido los requisitos que establece el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto único tributario 1625 de 2016.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,