Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tarifa general de Retención a Título del IVA para 2015 sería del 15%


Actualizado: 6 enero, 2015 (hace 9 años)

La retención en la fuente por IVA, más conocida como Reteiva, consiste en que el comprador, al momento de causar o pagar la compra, retiene al vendedor el 15% del valor del IVA (artículo 437-2 del E.T. modificado por el artículo 42 de la ley 1607 de 2012).

Quizás uno de los conceptos más utilizados en las operaciones diarias de una actividad mercantil es el de compras de bienes gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea de $763.000 en adelante; 27 UVT) y servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $113.000 en adelante; 4 UVT), y sucediendo que el beneficiario del pago es residente en Colombia, y sin importar si el pago se hace en forma directa con recursos propios o si se realiza usando como medio de pago las tarjetas débito o crédito (en este último caso la retención la practica el banco emisor de las tarjetas), la base es el 100% del valor del IVA facturado o teórico. La tarifa será el 15% del IVA.

Otro concepto a tener en cuenta es por el pago de servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $113.000 en adelante; 4 UVT), prestados en suelo colombiano, pero quien prestó el servicio es un no residente en Colombia. La base es el 100% del IVA teórico. La tarifa será del 100% del IVA.

Uno más de los conceptos es el de Retención por compras de desperdicios de hierro que realicen la siderúrgicas, o las compras de desperdicios de plomo que realicen las empresas de fabricación de pilas, o las compras de desperdicios de papel o cartón que realicen las empresas que fabrican papel o cartón. La base es el 100% del IVA facturado o teórico. La tarifa será del 100% del IVA.

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