De acuerdo con el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por el artículo 92 de Ley 2010 de 2019, la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas en el año gravable 2021 será del 31 %.
De acuerdo con el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por el artículo 92 de Ley 2010 de 2019, la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas en el año gravable 2021 será del 31 %.
El artículo 92 de la Ley 2010 de 2019 modificó el inciso primero, el parágrafo 5 y adicionó el parágrafo 7 del artículo 240 del Estatuto Tributario –ET–, estableciendo que para el año gravable 2021 la tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas, a los establecimientos permanentes de entidades del exterior y a las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta y complementario, será del 31 %. Sin embargo, según lo dispuesto en esta Ley de crecimiento económico, se verá una reducción gradual para el año 2022, en el que se aplicará la tarifa del 30 %.
Cabe destacar que la actual versión del mencionado artículo 240 del ET contiene otras múltiples tarifas para liquidar el impuesto de renta de las personas jurídicas; así, en su parágrafo 5 (modificado por la Ley 2010 de 2019), por ejemplo, se relacionan los diferentes contribuyentes que podrán aplicar la tarifa reducida del 9 %. Entre estos figuran algunos hoteles y nuevos proyectos de parques temáticos.
De igual forma, el parágrafo 7 del artículo 240 del ET, estipula que las entidades financieras que tengan una renta gravable igual o superior a los 120.000 UVT deberán liquidar unos puntos adicionales al impuesto de renta y complementarios durante los siguientes tres años a partir del 2020. Para el período gravable 2020 dicha sobretasa fue del 4 %, en tanto que para el año gravable 2021 será del 3% adicional; lo anterior significa que dichas entidades financieras tributarán con una tasa del 34 % en el año gravable 2021 (31 % de la tarifa general + 3 % de sobretasa)