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Tasa efectiva de tributación por impuesto a las ganancias – Raúl Fernando Hoyos

El impuesto a las ganancias es la sumatoria de los impuestos sobre la renta y ganancia ocasional constituyendo la parte que corresponde al estado en los resultados de la empresa. Para medir la participación estatal en las utilidades del ente utilizamos la tasa efectiva de tributación1 la cual puede variar periódicamente dependiendo de factores tales como: gastos no deducibles, uso de beneficios fiscales, uso de partidas compensatorias, etc.

Fecha de publicación: 31 de marzo de 2010
Tasa efectiva de tributación por impuesto a las ganancias – Raúl Fernando Hoyos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El impuesto a las ganancias es la sumatoria de los impuestos sobre la renta y ganancia ocasional constituyendo la parte que corresponde al estado en los resultados de la empresa. Para medir la participación estatal en las utilidades del ente utilizamos la tasa efectiva de tributación1 la cual puede variar periódicamente dependiendo de factores tales como: gastos no deducibles, uso de beneficios fiscales, uso de partidas compensatorias, etc.

  1. La tasa efectiva de tributación contrastada con la tasa nominal2 permite concluir que:
  2. Si la tasa efectiva de tributación es superior o igual a la tasa nominal, las utilidades después de impuesto a las ganancias se pueden considerar como no gravadas en cabeza de socios o accionistas del ente.
  3. En términos generales no es razonable que la tasa efectiva de tributación y la tasa nominal sean iguales, porque la determinación del impuesto y de los resultados contables obedecen a dinámicas normativas diferentes de suerte que es frecuente la existencia de diferencias que se deben revelar en las conciliaciones.
  4. Si la tasa nominal es superior a la tasa efectiva de tributación, esta situación debería explicarse exclusivamente por la incorporación de beneficios tributarios de efecto no extendido a socios3 y de beneficios reales en la depuración de la renta4.
  5. Una tasa efectiva de tributación excesivamente alta puede develar ineficiencias en la Administración del ente por la presencia sustancial de gastos que no tienen relación causal con la actividad productora de renta y que pudieran haber sido evitados o racionalizados. Ejemplo: remuneración laboral no deducida por no integrar la base de retención por ingresos laborales, intereses de mora por obligaciones tributarias, reembolsos de gastos no soportados, indemnizaciones laborales, gravamen a los movimientos financieros, impuestos asumidos, etc

Conforme lo expuesto, la tasa efectiva de tributación es un indicador que sirve diversos propósitos y que conviene utilizar como herramienta de planeación, control, medición y seguimiento, Como herramienta de control permite medir la razonabilidad de la determinación tributaria realizada, como herramienta de seguimiento permite cuantificar la obligación fiscal en escenarios cambiantes, permite medir la eficacia de las estrategias de racionalización implementadas y permite comparar niveles de eficiencia entre entes según la agrupación realizada Finalmente como herramienta de planeación tributaria permite a la alta dirección visualizar y anticipar la participación estatal constituyéndose en un punto de referencia para la racionalización legal de la obligación fiscal.

RAÚL FERNANDO HOYOS CALDERÓN

Director de Impuestos

CPAAI Cabrera y Asociados S.A.

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