Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Términos para entender el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad


Términos para entender el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Actualizado: 4 junio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías –AFP–
  • Fondos de pensiones
  • Diferencia entre las AFP y los fondos de pensiones y de cesantías
  • Administración de recursos de los afiliados a las AFP y fondos de pensiones y de cesantías

Existen diferencias entre las administradoras de fondos de pensiones y de cesantías –AFP– y los fondos de pensiones y de cesantías. Un claro ejemplo de ello es la forma en que se administran las ganancias de sus afiliados, entre otros puntos que a continuación se explican.

Con la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993, entra en escena un segundo sistema pensional conocido como el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad –RAIS–, para el cual no se requiere edad ni semanas; simplemente, acumular un capital.

Si la persona no cumple con el capital mínimo, el artículo 65 de esta ley permite que el fondo de pensiones solicite al Estado que complete la parte restante de dicho capital, para así acceder a una garantía de pensión mínima de vejez. Este dinero, el Estado lo obtiene del aporte que hacen quienes ganan más de 4 salarios mínimos.

Para entender más a fondo lo que encierra el  RAIS, se explican, a continuación, una serie de conceptos que para aprender a  diferenciar estos conceptos:

Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías –AFP–

Las Administradoras de Fondos de Pensiones y de cesantías –AFP– son sociedades de servicios financieros, cuyo objeto social es administrar los fondos de pensiones obligatorias, fondos de cesantías y los fondos de pensiones voluntarias. Estas se encuentran vigiladas por la Superfinanciera.

Los Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad –RAIS–,se encuentran regulados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones. Por otra parte, las sociedades que administren los fondos de cesantías pueden manejar simultáneamente fondos de pensiones, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993.

Fondos de pensiones

Se trata del ahorro por parte de los afiliados a estos. Están compuestos por los aportes realizados por el empleador o por el trabajador, y los rendimientos que dichos recursos generan.

“Al hablar de las AFP, se hace referencia a sociedades que se constituyen para administrar recursos de sus afiliados, y que no son de su propiedad”

Existe, para cada afiliado, una cuenta de ahorro individual a su nombre, que, en conjunto con otras cuentas, constituyen el patrimonio autónomo. Esto quiere decir que los recursos administrados son de los afiliados, y no hacen parte de la administradora de fondos de pensiones y de cesantías.

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Diferencia entre las AFP y los fondos de pensiones y de cesantías

Al hablar de las AFP, se hace referencia a sociedades que se constituyen para administrar recursos de sus afiliados, y que no son de su propiedad. Para lograr este objetivo, a las AFP se les exige tener solidez financiera, para lo cual deben acreditar una alta cifra de capital propio que guarde una adecuada relación entre su patrimonio y el valor de los recursos que administran.

Por otra parte, cuando se trata de los fondos de pensiones, se habla de un patrimonio autónomo propiedad de los afiliados, según la participación de cada uno de estos, y que es independiente de la sociedad administradora, ya que existe separación patrimonial y contabilidad independiente.

Administración de recursos de los afiliados a las AFP y fondos de pensiones y de cesantías

Al administrar los recursos de los afiliados en los fondos de pensiones y de cesantías, se buscan factores como la seguridad, una adecuada rentabilidad y la disponibilidad de estos cuando se requieran.

Frente a los anteriores tres ítems, las AFP cuentan con profesionales que conocen la forma de invertir estos recursos y orientan a los interesados. Estos asesores deben aconsejar a las personas, según el régimen de inversiones existente para cada uno de los fondos de pensiones obligatorias y los portafolios de cesantías.

Además, cada AFP debe contar con una política de inversión y asignación estratégica de activos, acompañada de un comité de inversiones y otro de riesgos.

Es importante que los afiliados se involucren en la administración de sus recursos y, por tal motivo, las AFP ofrecen la posibilidad de elegir entre tres fondos de pensiones existentes: mayor riesgo, moderado y conservador; así como entre dos portafolios de cesantías: corto plazo y largo plazo, según la edad y perfil de riesgo de cada afiliado.

* Este editorial se realizó con información de Asofondos.

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