Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tipos de covenants


Actualizado: 22 marzo, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Covenants de información
  • Covenants financieros
  • Positive covenants
  • Negative covenants

Los covenants o indentures surgen como un instrumento en el marco de la gestión del riesgo crediticio, en el que a diferencia de las usuales garantías como hipotecas, codeudores, entre otros, se establecen ciertos comportamientos que conlleven, según el análisis del acreedor, a la reducción del riesgo crediticio.

El incumplimiento de dicho pacto podría significar incluso la terminación anticipada del acuerdo de pago, obligando al deudor a reembolsar el préstamo de manera inmediata. Dichos comportamientos pactados serán más restrictivos en la medida que el riesgo financiero del acreedor sea mayor.  Entre los tipos de coventants podemos encontrar 4 categorías principales: covenants de información, covenants financieros, positive covenants y negative covenants.

Covenants de información

Este tipo de acuerdos conllevan a que el deudor provea información periódica a los acreedores, la cual será más recurrente que la periodicidad establecida por las disposiciones legales. En este escenario resulta usual que se establezca una remisión trimestral o semestral sobre Estados Financieros u otra información en específico, además de la elaborada anualmente según las disposiciones legales o estatutarias. Esta información puede abarcar presupuestos, proyecciones o simple información de hechos nuevos o excepcionales, así como decisiones de la gerencia que, a consideración del acreedor, puedan llegar a afectar la calidad del riesgo crediticio.

Covenants financieros

Frente a estos, el compromiso pactado incluye la conservación de ciertos indicadores financieros por parte de la entidad, tales como la razón corriente, apalancamiento global de la entidad, EBITDA, liquidez, entre otros. Como se puede observar, este pacto incluye unos compromisos de carácter general pero indirectamente se desprenden compromisos particulares que deberá cumplir la entidad para no afectar dichos indicadores.

Positive covenants

Las disposiciones pactadas a través de este tipo de covenants incluyen “obligaciones de hacer”. Suelen incluirse disposiciones como renovar a tiempo licencias administrativas o de uso o conservar ciertos contratos indispensables para la actividad de la entidad. Es usual aplicarlos sobre bienes financiados los cuales se desean mantenerlos debidamente asegurados y así conservar la garantía que de estos se pueda desprender.

Negative covenants

En este tipo de instrumentos, lo pactado abarca “obligaciones de no hacer” o en muchos casos con la restricción de no realizar alguna actividad “sin permiso previo de los acreedores”. Estos pueden ser muy variados; podemos encontrar restricciones para distribuir dividendos mientras dure el préstamo, no vender cierto tipo de activos, no modificar la composición accionario de la entidad, restricciones sobre el incremento de gastos administrativos, entre otros. Otra restricción, muy común y no de tipo operativa, es la restricción a no otorgar otra garantía (u otro covenant) a futuros acreedores sin que los actuales autoricen, buscando conservar el mismo nivel de aseguramiento del riesgo crediticio.

*Con información de blogs.gestion.pe

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