Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Todo ente jurídico que sí sea responsable del IVA es régimen común


Todo ente jurídico que sí sea responsable del IVA es régimen común
Actualizado: 26 marzo, 2014 (hace 10 años)

Si usted no es responsable del IVA nunca tendrá que presentar un formulario del IVA. Por otra parte, si un ente jurídico cuyos servicios son excluidos nunca será responsable del IVA. En el RUT no aparecerá el Código 11.

Si usted trabaja en una empresa donde todos sus servicios son excluidos nunca será responsable del IVA. Si mira el RUT este no tendrá el Código 11, porque el Código 12 es para un régimen simplificado mientras el 11 es para un ente jurídico que llegaría a ser responsable del IVA. Y todo ente jurídico que sí sea responsable del IVA es régimen común.

En el caso de una S.A.S. que cobra servicios para la salud humana, por ejemplo, y que en efecto aparecen como excluidos en el art. 476 del E.T., en el RUT no tiene el Código 11 pues no tiene que presentar declaración del IVA.

Ahora, si junto a esta actividad excluida la idea es vender medicinas o vitaminas, que de pronto si son gravados, debido a que alguna de las actividades que desarrolla la empresa es gravada con IVA le tocaría estar en el régimen común, y cobrar el IVA solo sobre esas actividades gravadas.

Y si en el bimestre llegasen a vender algo que sí es gravado o tuvieran algún IVA descontable de las compras que también tienen IVA descontable, solo cuando sí hayan IVA generados o descontables o cuando hayan hecho retención en el IVA, es cuando se tiene que presentar la declaración del IVA.

Entre el art. 600 y 601 del E.T. dice que no es obligatorio presentar declaraciones de IVA en ceros. Y si usted no es responsable del IVA pues nunca tiene que presentar un formulario del IVA.

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