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Tope máximo del aporte al fondo de solidaridad pensional

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un trabador gana más de 28 salarios mínimos, ¿debe aportar sobre el tope máximo de los 25 salarios mínimos al fondo de solidaridad pensional, o dicho tope solo aplica para la realización de aportes a la EPS, pensión y la ARL?

Fecha de publicación: 23 de abril de 2018
Tope máximo del aporte al fondo de solidaridad pensional
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un trabador gana más de 28 salarios mínimos, ¿debe aportar sobre el tope máximo de los 25 salarios mínimos al fondo de solidaridad pensional, o dicho tope solo aplica para la realización de aportes a la EPS, pensión y la ARL?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, aclara que los trabajadores que devenguen cuatro salarios mínimos o más deberán, además de los aportes que efectúan al sistema integral de seguridad social, realizar un aporte al fondo de solidaridad pensional; aporte que inicia con una tarifa de 1%, e irá incrementado de acuerdo con el nivel de ingresos de los mismos.

Es de anotar que dichos aportes son destinados a una cuenta especial que tiene el Ministerio de trabajo para subsidiar pagos a un grupo de personas, que por su condición económica no pudieron con facilidad acceder a la pensión.

Igualmente, se aclara que el aporte que se debe hacer al fondo de solidaridad pensional no le aplica el tope máximo a cotizar de los 25 salarios mínimos.