Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabador gana más de 28 salarios mínimos, ¿debe aportar sobre el tope máximo de los 25 salarios mínimos al fondo de solidaridad pensional, o dicho tope solo aplica para la realización de aportes a la EPS, pensión y la ARL?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabador gana más de 28 salarios mínimos, ¿debe aportar sobre el tope máximo de los 25 salarios mínimos al fondo de solidaridad pensional, o dicho tope solo aplica para la realización de aportes a la EPS, pensión y la ARL?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, aclara que los trabajadores que devenguen cuatro salarios mínimos o más deberán, además de los aportes que efectúan al sistema integral de seguridad social, realizar un aporte al fondo de solidaridad pensional; aporte que inicia con una tarifa de 1%, e irá incrementado de acuerdo con el nivel de ingresos de los mismos.
Es de anotar que dichos aportes son destinados a una cuenta especial que tiene el Ministerio de trabajo para subsidiar pagos a un grupo de personas, que por su condición económica no pudieron con facilidad acceder a la pensión.
Igualmente, se aclara que el aporte que se debe hacer al fondo de solidaridad pensional no le aplica el tope máximo a cotizar de los 25 salarios mínimos.