Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Trámite para reclamar auxilio funerario en Colpensiones


Trámite para reclamar auxilio funerario en Colpensiones
Actualizado: 9 febrero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Documentos básicos obligatorios
  • Documentos adicionales
  • Si la solicitud se hace por intermedio de....
  • Tenga en cuenta

Los documentos que se deben presentar para reclamar el auxilio funerario en Colpensiones dependen y varían según el tipo de pago que se haga o la clase de persona que realice la solicitud. Equivale al último salario base de cotización o al valor de la última mesada pensional recibida.

“auxilio funerario es la prestación económica a la que tendrá derecho una persona que compruebe haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado, pensionado por vejez o invalidez”

El reconocimiento del auxilio funerario es la prestación económica a la que tendrá derecho una persona que compruebe haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado, pensionado por vejez o invalidez, y es equivalente al último salario base de cotización o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este sea inferior a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–, ni superior a 10 veces dicho salario.

Documentos básicos obligatorios

  • Formato de solicitud de prestación económica auxilio funerario.Documento dividido en 10 módulos: tipo de solicitante, tipo de solicitud, instancia, información del causante, forma de pago gasto fúnebre, tipo de persona beneficiaria, beneficiario persona natural, beneficiario persona jurídica, información del apoderado e información solicitante tercero.
  • Copia del registro civil de defunción del afiliado o pensionado, expedición no mayor a 3 meses.
  • Documento de identidad o NIT del solicitante que demuestre haber sufragados los gastos fúnebres.

Documentos adicionales

  • Si pagó el auxilio funerario mediante factura: factura original discriminada a nombre de la persona natural o jurídica que haya sufragado los gastos funerarios, debidamente cancelada.
  • Si pagó el auxilio funerario mediante contrato preexequial: copia del contrato preexequial en el que aparezca el afiliado o pensionado fallecido o certificación de la funeraria en el cual conste el valor cubierto por el servicio, donde se identifique la calidad del titular o beneficiario.
  • Si pagó el auxilio funerario mediante póliza de seguros: copia de la póliza de seguros la que aparezca el afiliado o pensionado fallecido o certificación de la aseguradora en el cual conste el valor cubierto por dicho servicio, donde se identifique la calidad del titular o beneficiario.
  • Si pagó el auxilio funerario mediante contrato de prenecesidad: copia del contrato de prenecesidad en el cual conste el valor cancelado en vida por el pensionado o la respectiva certificación de la funeraria que acredite el valor pendiente de pago.
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Si la solicitud se hace por intermedio de….

  • Empleador privado: presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por Cámara de Comercio, no mayor a tres meses.
  • Empleador público: acto administrativo en el cual conste su designación como representante legal y acta de posesión del representante legal de la entidad.
  • Tercero autorizado: documento de identidad del tercero y carta de autorización auténtica con las facultades específicas.
  • Apoderado: poder debidamente conferido con presentación personal ante notario público, documento de identidad del apoderado y tarjeta profesional del abogado apoderado.
  • Tercero en calidad de curador: decisión judicial por la cual se designa curador de manera provisional o sentencia de asignación, cambio de curador, guardador, interdicción; acta de posesión y discernimiento del cargo (en caso de ser curador).

Tenga en cuenta

  • Los documentos deben ser presentados en cualquier punto de atención de Colpensiones a nivel nacional donde recibirá asesoría para proceder a su radicación.
  • Las aclaraciones o correcciones, en caso de ser requeridas, también deben ser presentadas en los puntos de atención de Colpensiones.
  • Notificarse del acto administrativo en cualquier punto de atención de Colpensiones o por medios electrónicos previa autorización.
  • Efectuar el cobro de la prestación si hay lugar a ello.

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