Las normas relativas al tratamiento contable de inventarios se encuentran en la NIC 2 para las entidades que emiten información de grupo, en la sección 13 del Estándar para Pymes para las entidades de grupo 2, y para las microempresas en el capítulo 8 de las normas aplicables a grupo 3.
Las normas relativas al tratamiento contable de inventarios se encuentran en la NIC 2 para las entidades que emiten información de grupo, en la sección 13 del Estándar para Pymes para las entidades de grupo 2, y para las microempresas en el capítulo 8 de las normas aplicables a grupo 3.
Los inventarios son el principal activo que puede tener una entidad en términos de su relevancia en la operación y en el aporte que generan a la liquidez de la misma. Estos se clasifican como activos corrientes (bajo la presunción de que tendrán una rotación permanente) y son vitales para generar el flujo de caja necesario para que la entidad opere. De acuerdo con la NIC 2, la sección 13 y el capítulo 8, que son las normas que aplican para los diferentes grupos emisores de información financiera en Colombia, se consideran como inventario los activos:
Así pues, el inventario vendrá a ser distinto para cada entidad, guardando coherencia con el objeto social de la misma y la relación de este activo en el proceso productivo o en el de prestación de servicios. A continuación, mencionamos algunos ejemplos citados por el Dr. Alexander Cobo:
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